RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 083-2019-VIVIENDA
El objeto de la Norma Técnica EM.010 nos ayuda a establecer los lineamientos técnicos mínimos que se deben considerar para el diseño y construcción de las instalaciones eléctricas interiores.
Tiene por finalidad Proveer de niveles adecuados de seguridad eléctrica en las edificaciones que garanticen la salud de las personas y el suministro continuo de energía eléctrica.
Su Ámbito de aplicación
- Las disposiciones de esta Norma Técnica son de aplicación obligatoria a toda instalación eléctrica en los distintos tipos de edificaciones incluidos en el presente Reglamento.
- Debe cumplirse, tanto en edificaciones nuevas, ampliaciones, remodelaciones, refacciones, acondicionamientos, puesta en valor histórico monumental, y en general, cualquier proyecto que modifica o requiere una instalación eléctrica segura, así como en toda edificación, independientemente de la antigüedad de su construcción, según lo disponga la Autoridad, debido a las condiciones de riesgo que se identifiquen.
- Las instalaciones eléctricas en edificaciones están reguladas por el Código Nacional de Electricidad – Utilización y corresponden a las instalaciones que se efectúan a partir de la acometida o punto de entrega hasta los puntos de utilización.
- Siendo la presente Norma Técnica de alcance para todo el territorio nacional, el proyectista considera el contexto operacional o condiciones especiales donde se construye la edificación para incorporar en el proyecto las consideraciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes.
- En todo lo no indicado de manera expresa en la presente norma, los estándares deben basarse, en primer orden, en una norma técnica peruana y reglamentos técnicos emitidos por las autoridades competentes. En caso de no existir, se deben aplicar supletoriamente las normas en el orden siguiente: las normas IEC o ISO en su edición más reciente y normas de instituciones reconocidas a nivel internacional.
MEDIANTE RM. N° 083-2019-VIVIENDA, FORMALIZA LA MODIFICACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA EM. 010 INSTALACIONES ELÉCTRICAS INTERIORES DEL RNE.
La presente modificación no es aplicable a los proyectos de inversión pública o privada que a la fecha de su vigencia, cuenten con expediente técnico aprobado en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones o cuenten con solicitud de Licencia de Edificación en trámite ante la municipalidad, Siendo de aplicación a estos las disposiciones de la NORMA TÉCNICA EM 0.10 “INSTALACIONES ELÉCTRICAS INTERIORES” DEL RNE, APROBADO POR D.S. N° 011-2006-VIVIENDA
DESCARGAR NORMA EM.010 AQUI
–> Norma Técnica E.050 SUELOS Y CIMENTACIONES
Fuente | Reglamento Nacional de Edificaciones
Norma Técnica EM.010 – Instalaciones Eléctricas Interiores del RNE
Comments (1)
kike - 23 septiembre, 2020
Es obligatorio agregar diferencial al circuito de Bombas??