El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles en cuanto a sus características microbiológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas.
Con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor, se debe someter a tratamientos de potabilización a efecto de hacerla apta para uso y consumo humano.
Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, «Salud Ambiental,
agua para uso y consumo humano – limites permisibles de calidad
y tratamientos a que debe someterse el agua
para su Potabilizacion».
ESPECIFICACIÓN DEL AGUA POTABLE
OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano, que deben cumplir los sistemas de abastecimiento públicos y privados o cualquier persona física o moral que la distribuya, en todo el territorio nacional.
DEFINICIONES
Para efectos de esta norma se establecen las siguientes:
- Agua Potable: aquélla apta para el consumo humano y que cumple con los requisitos físicos, químicos y microbiológicos establecidos en la norma.
- Contaminación: alteración de las características físicas, químicas o biológicas del agua, resultante de la incorporación en la misma de productos o residuos que ocasionen o puedan ocasionar molestias directas o indirectas, enfermedades y aún la muerte de seres vivos.
- Residuos: sobrantes líquidos, sólidos, gaseosos y distintas formas de energía, provenientes de la actividad humana en general.
- Porción normal: en análisis microbiológico, la compuesta de 10 cm3 o de 100 cm3 de agua.
LIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD DEL AGUA
Límites permisibles de características microbiológicas.
El contenido de organismos resultante del examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido en la Tabla 1.
Bajo situaciones de emergencia, las autoridades competentes podrán establecer los agentes biológicos nocivos a la salud que se deban investigar
TABLA 1
CARACTERISTICA | LIMITE PERMISIBLE |
Organismos coliformes totales | Ausencia |
E. coli | Ausencia |
El agua abastecida por el sistema de distribución no debe contener E. coli en ninguna muestra de 100 ml. Los organismos coliformes totales no deben ser detectables en ninguna muestra de 100 ml; en sistemas de abastecimiento de localidades con una población mayor de 50 000 habi-tantes, estos organismos, deberá estar ausentes en el 95% de las muestras tomadas durante cualquier período de doce meses.
Límites permisibles de características físicas y organolépticas.
Las características físicas y organolépticas deberán ajustarse a lo establecido en la Tabla 2.
TABLA 2
CARACTERISTICA | LIMITE PERMISIBLE |
Color | 20 unidades de color verdadero en la escala de platino-cobalto. |
Olor y sabor | Agradable (se aceptarán aquellos que sean tolerables para la mayoría de los consumidores, siempre que no sean resultado de condiciones objetables desde el punto de vista biológico o químico). |
Turbiedad | 5 unidades de turbiedad nefelométricas (UTN) o su equivalente en otro método. |
Límites permisibles de características químicas.
El contenido de constituyentes químicos deberá ajustarse a lo establecido en la Tabla 3. Los límites se expresan en mg/l, excepto cuando se indique otra unidad
TABLA 3
CARACTERISTICA | LIMITE PERMISIBLE |
Aluminio | 0.20 |
Arsénico | 0.01 |
Bario | 0.70 |
Cadmio | 0.005 |
Cianuros (como CN-) | 0.07 |
Cloro residual libre | 0.2-1.00 |
Cloruros (como Cl-) | 250.00 |
Cobre | 2.00 |
Cromo total | 0.05 |
Dureza total ( CaCO3) | 500.00 |
Fenoles o compuestos fenólicos | 0.001 |
Fierro | 0.30 |
Fluoruros ( F-) | 1.50 |
Manganeso | 0.15 |
Mercurio | 0.001 |
Nitratos ( N) | 10.00 |
Nitritos ( N) | 0.05 |
Nitrógeno amoniacal ( N) | 0.50 |
pH (potencial de hidrógeno) en unidades de pH | 6.5-8.5 |
Plaguicidas en microgramos/l: | |
Aldrín y dieldrín separados o combinados) | 0.03 |
Clordano (total de isómeros) | 0.20 |
DDT (total de isómeros) | 1.00 |
Gamma-HCH (lindano) | 2.00 |
Hexaclorobenceno | 1.00 |
Heptacloro y epóxido de heptacloro | 0.03 |
Metoxicloro | 20.00 |
2,4-D | 30.00 |
Plomo | 0.01 |
Sodio | 200.00 |
Sólidos disueltos totales | 1000.00 |
sulfatos (como SO4) | 400.00 |
Substancias activas al azul del metileno (SAAM) | 0.50 |
Trihalometanos totales | 0.20 |
Zinc | 5.00 |
Los límites permisibles de metales se refieren a su concentración total en el agua, la cual incluye los suspendidos y los disueltos.
Límites permisibles de características radiactivas.
El contenido de constituyentes radiactivos deberá ajustarse a lo establecido en la Tabla 4. Los límites se expresan en Bq/l (Becquerel por litro).
TABLA 4
CARACTERISTICAS | LIMITE PERMISIBLE |
Radiactividad alfa global | 0.1 |
Radiactividad beta global | 1.00 |
TRATAMIENTOS PARA LA POTABILIZACION DEL AGUA
La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad.
Se deben aplicar los tratamientos específicos siguientes a los que resulten de las pruebas de tratabilidad, cuando los contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes químicos del agua enlistados a continuación, excedan los límites permisibles establecidos en el apartado
Contaminación biológica.
5.1.1 Bacterias, helmintos, protozoarios y virus.- Desinfección con cloro, compuestos de cloro, yodo, ozono, luz ultravioleta o plata coloidal.
Características físicas y organolépticas.
- Color, olor, sabor y turbiedad.- Oxidación–coagulación-floculación-sedimentación-filtración; cualquiera o la combinación de ellos; adsorción en carbón activado.
Constituyentes químicos.
- Arsénico. Coagulación-floculación-sedimentación-filtración; cualquiera o la com-binación de ellos, intercambio iónico u ósmosis inversa.
- Aluminio, bario, cadmio, cianuros, cobre, cromo total y plomo. Coagulación-flo-culación-sedimentación-filtración, cualquiera o la combinación de ellos, intercambio iónico u ósmosis inversa.
- Cloruros. Intercambio iónico, ósmosis inversa o destilación.
- Dureza. Ablandamiento químico o intercambio iónico.
- Fenoles o compuestos fenólicos. Oxidación-coagulación-floculación-sedimenta-ción-filtración, cualquiera o la combinación de ellos; adsorción en carbón activado u oxidación con ozono.
- Fierro y/o manganeso.- Oxidación-filtración, intercambio iónico u ósmosis inversa.
- Floruros.- Intercambio iónico u ósmosis inversa.
- Materia orgánica.- Oxidación-filtración o adsorción en carbón activado.
- Mercurio.- Coagulación-floculación-sedimentación-filtración, adsorción en carbón activado granular u ósmosis inversa cuando la fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l. Adsorción en carbón activado en polvo cuando la fuente de abastecimiento contenga más de 10 microgramos/l.
- Nitratos y nitritos.- Intercambio iónico o coagulación-floculación-sedimentación-filtración; cualquiera o la combinación de ellos.
- Nitrógeno amoniacal.- Coagulación-floculación-sedimentación-filtración, desgasi-ficación o desorción en columna.
- pH (potencial de hidrógeno).- Neutralización.
- Plaguicidas.- Coagulación-floculación-sedimentación-filtración; cualquiera o la combinación de ellos; adsorción en carbón activado granular.
- Sodio.- Intercambio iónico.
- Sólidos disueltos totales.- Coagulación-floculación-sedimentación-filtración y/o in-tercambio iónico.
- Sulfatos.- Intercambio iónico u ósmosis inversa.
- Substancias activas al azul de metileno.- Adsorción en carbón activado.
- Trihalometanos.- Oxidación con aireación u ozono y adsorción en carbón activado granular.
- Zinc.- Destilación o intercambio iónico.
Comments (1)
oswaldo pozo - 1 noviembre, 2011
Gracias por la informacion me fue muy util, me gustaria si s complementan estas especificaciones tecnicas a todos los materials que intervienen en un sistema de agua potable, esto es tuberías de todos los materiales, valvulas, etc, felicitaciones por la informacion